El que una empleada de la ministra del Trabajo impulse un sumario administrativo en contra de la vicepresidenta de la República, y resuelva suspenderla de su cargo por 150 días, es una barbaridad jurídica. Además, un buen ejemplo para enseñar a los estudiantes de Derecho Administrativo lo que nunca se debe hacer en este ámbito.
Igualmente ha sido cuestionado el hecho de que el presidente y candidato Noboa no haga uso de la licencia sin remuneración desde el inicio de la campaña electoral, conforme lo ordena el Código de la Democracia para los casos de reelección inmediata.
Pero, lo peor estaba por venir. El Código Civil dice: “Se llama fuerza mayor o caso fortuito, el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.”.
Ante la resistencia de Verónica Abad para trasladarse a Turquía por orden presidencial, Noboa concluye que se ha configurado una “circunstancia de fuerza mayor”, con el efecto jurídico de ponerla en la condición de “ausencia temporal”, por lo que encarga la Vicepresidencia a una funcionaria con rango de ministra.
Como si fuera poco, el presidente Noboa considera que la campaña electoral también es un caso de “fuerza mayor” y decreta el encargo de la Presidencia de la República, por casi tres días, a la funcionaria Cynthia Gellibert. Es decir, de presidente pasa a candidato, y de candidato regresa a presidente.
El asunto es muy grave. Estamos convencidos de que lo peor que puede pasar es el retorno del correísmo delincuencial al Gobierno del Ecuador, pero tampoco podemos descender a la condición de trogloditas, sin Dios ni Ley.
Gustavo Ortiz Hidalgo
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