En San Pablo de Tenta, un femicidio que ‘Ángel’ quiso pasar por suicidio

El presunto autor está con prisión preventiva. La mujer tenía 6 meses de embarazo y era la expareja.

El ciudadano habría confesado que mató a su expareja.
El ciudadano habría confesado que mató a su expareja.

De 22 a 26 años de cárcel sería la pena que podría cumplir Ángel G. P., de 26 años de edad, de ser encontrado culpable del presunto femicidio de Bertha S. L., de 30 años, su expareja sentimental, que él habría cometido el jueves 19 de agosto de 2021.

El deceso de Bertha S. L. ha consternado a los moradores del barrio Sauce Bajo, de la parroquia San Pablo de Tenta, del cantón Saraguro, de la provincia de Loja, y a sus familiares, que no la perdieron únicamente sino al hijo que ella llevaba en sus entrañas.

Pruebas, contundentes

La audiencia de formulación de cargos en contra de Ángel G. P. fue el sábado 21 de agosto de 2021, a las 11:00, en la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Saraguro, en la cual Bolívar Figueroa Castillo, fiscal de ese lugar (e), pidió prisión preventiva para él. El fiscal Figueroa Castillo exhibió las pruebas que los policías de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desaparición, Extorsión y Secuestros (Dinased) recogieron durante las primeras horas de cometido el presunto femicidio.

La expareja confesó

Los padres de Bertha S. L., el último jueves, al darse cuenta que ella no llegó a su casa salieron a buscarla y a eso de las 19:00, entre los matorrales, la hallan, pero la mujer colgaba de una bufanda, atada desde su cuello a la rama de un árbol de ese bosque.

Los policías de la Dinased ataron cabos y sospecharon de Ángel G. P., exnovio de Bertha S. L. Él fue detenido y confesó que discutió con ella, que tenía 6 meses de embarazo, y luego con sus manos la ahorcó y colgó de un árbol para que se crea que ella se suicidó.

Existirían agravantes

Durante la investigación que realice la Fiscalía del cantón Saraguro se pudiesen encontrar agravantes que podrían subir los años de cárcel para Ángel C. P., quien sin mediar razón le habría quitado la vida a su expareja tras haberle pedido que salieran.

Las técnicas de perfilación criminal y el análisis del lugar de los hechos llevaron a los policías de la Dinased a sospechar de Ángel C. P., quien al verse descubierto habría confesado a los uniformados que él mató a su expareja sentimental.

Artículo 141

Femicidio

La persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.

Artículo 142

Circunstancias agravantes del femicidio

Cuando concurran una o más de las siguientes circunstancias se impondrá el máximo de la pena prevista en el artículo anterior:

1. Haber pretendido establecer o restablecer una relación de pareja o de intimidad con la víctima.

2. Exista o haya existido entre el sujeto activo y la víctima relaciones familiares, conyugales, convivencia,

intimidad, noviazgo, amistad, compañerismo, laborales, escolares o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad.

3. Si el delito se comete en presencia de hijas, hijos o cualquier otro familiar de la víctima.

4. El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público.