La sentencia por el delito de ataque o resistencia aún no está ejecutoriada y puede apelarse.
Tres años de cárcel es la pena que deberá cumplir Ángel J. P., de 29 años, por el aún supuesto delito de ataque o resistencia en el cual el ahora procesado habría agredido a un cabo segundo y a un sargento segundo de la Policía Nacional del Ecuador.
La audiencia de juzgamiento de Ángel J. P. fue el viernes 18 de junio de 2021, a las 09:00, en una de las salas de la Corte de Justicia de Loja en donde Raúl Tocto González, con grado de sargento, asesor jurídico de la Policía, defendió a los uniformados.
Pedrada y cabezazo
La noche del martes 29 de julio de 2020 varios policías acudieron a la avenida Eliseo Arias Carrión y calle 10 de Agosto, de la ciudad de Catamayo, capital del cantón de similar nombre, a verificar una emergencia y divisaron a dos personas en actitud sospechosa.
Ellos al ver a los policías huyen hacia el barrio San José, pero Ángel J. P. fue interceptado por los gendarmes y él, al verse rodeado, lanza una piedra que impacta al cabo. El sargento se acerca para pedir que se calme y le da un cabezazo en la boca.
Amenazas de muerte
Ángel J. P. no se calmó y empezó a insultar a los policías con palabras soeces. «Los voy a matar de uno en uno». «Voy a matar a tu familia, no sabes con quién te metes» eran las frases que el ciudadano profería hasta que lograron detenerlo.
El miércoles 29 de julio del 2019, a las 16:00, fue la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos de Ángel J. P. y se dispuso su prisión preventiva; mas, el 28 de septiembre del 2020, se sustituye esa medida y se dispone la presentación periódica.
Pruebas contundentes
La sentencia aún no está ejecutoriada y los abogados de Ángel J. P. pueden apelarla. Lo que sí se deja sentado es que la Policía no desamparará a sus uniformados y son los asesores jurídicos que los defienden al presentar las pruebas de los hechos delictivos.
Las pruebas testimonial y documental que la Fiscalía y Asesoría Jurídica de la Policía presentaron en la audiencia de juzgamiento son contundentes y el Tribunal Penal condenó al ciudadano a 36 meses de cárcel por el delito de ataque o resistencia.
CLAVE
El delito de ataque o resistencia lo contempla el Art. 283 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).