El Ecuador vive uno de sus momentos más opacos, como respuesta al deterioro institucional, en el que la Carta Magna y demás normativa secundaria se aplican de acuerdo a las conveniencias e intereses particulares o de grupo. En estos tiempos donde la ética pública hay que buscarla con lupa, la ley dejó de ser –aquello que define el Código Civil- una ‘declaración de la voluntad soberana que (…) manda, prohíbe o permite’. Ahora, frente al estado de derecho lo que se impone es la voluntad del patrón, del dueño de la hacienda.
Basta mencionar que el pasado 5 de enero, inició la campaña electoral para elegir al próximo presidente (a) de la República y asambleístas, proceso que se desarrolla en medio de serios cuestionamientos por la falta de igualdad en las condiciones de participación que debe evidenciarse entre todos los candidatos. Cabe puntualizar que, a pesar que el Art. 93 del Código de la Democracia, en forma clara y expresa señala: ‘…Los dignatarios que opten por la reelección inmediata al mismo cargo deberán hacer uso de licencia sin remuneración desde el inicio de la campaña electoral…’, el Primer Mandatario y su bloque de asambleístas, haciendo una interpretación bastante extensiva a una sentencia de la Corte Constitucional de 2010, abiertamente –y sin sonrojarse siquiera- han sostenido la no necesidad de cumplir con esa disposición normativa que busca, en lo fundamental, evitar el conflicto de intereses entre la autoridad en funciones y el candidato, lo cual lo ubica en una situación de ventaja frente a los otros aspirantes.
Lamentablemente el silencio ensordecedor, hasta el momento, del Consejo Nacional Electoral y de la Corte Constitucional frente a esta inobservancia legal, respecto a no acogerse a la licencia sin sueldo, y además no operar el reemplazo temporal a nivel de la Presidencia de la República en los términos previstos, hablan de una república bananera condenada a su subdesarrollo.
Giovanni Carrión Cevallos
@giovannicarrion