Venció el plazo para que el Ayuntamiento cumpla un mandato de la Justicia lojana que favorece a los obreros. Se pide también a la Fiscalía inicie una investigación.
A las 09:16 del lunes, 18 de marzo de 2024, el juez de Garantías Penales con sede en el cantón Loja, José Álvarez Ramírez, vía sentencia, concede una acción de protección a favor del Sindicato de Obreros Municipales de Loja (SOML) y en contra del Municipio, liderado por el alcalde, Franco Quezada Montesinos. Se relacionó con el caso obreros del relleno sanitario.
Implementos de seguridad
El Sindicato, a través de José Luis Moncada Ramírez, presenta la acción de protección ante los jueces constitucionales por la falta de entrega de implementos de seguridad y salud ocupacional a los trabajadores del relleno sanitario.
En la sentencia se dispone al Municipio cumpla con los acuerdos que se llegó mediante un acta de mediación que luego fue elevada a sentencia, entre ellos, realizar exámenes médicos periódicos, contratar un seguro de vida para los trabajadores del relleno, homologación y categorización de puestos para los obreros, y hacer una mejor gestión en seguridad y salud ocupacional.
Santiago Betancourt Rodríguez, abogado del Sindicato, manifiesta que la contratación del seguro de vida para los trabajadores tuvo un plazo de cumplimiento hasta el último lunes, 2 de septiembre de 2024, pero, según un informe de la Defensoría del Pueblo, encargada de realizar el seguimiento del acatamiento del fallo, la Municipalidad inobservó la disposición del juez.
Proceso de destitución
En este contexto, el delegado provincial de Loja de la Defensoría del Pueblo, José Sarmiento Alvear, al informar que el Municipio de Loja ha cumplido sus obligaciones, solicita al juez del Tribunal de Garantías Penales, José Cristóbal Álvarez Ramírez, inicie el proceso de destitución del funcionario municipal responsable.
Con este antecedente, dice Santiago Betancourt Rodríguez, en su condición de abogado del SOML, este martes, 3 de septiembre de 2024, presentó la petición al mismo juez de destitución del funcionario que está incumpliendo la ejecución de la sentencia, así como se envíe el pedido a la Fiscalía General del Estado para que inicie una investigación previa “por el delito de incumplimiento de decisiones de autoridad legítima, conocido anteriormente como desacato”.
Respecto a quién sería el empleado municipal sobre el que recaería la destitución, el profesional del Derecho expresa que el acuerdo tenía varios responsables, entre ellos el director Administrativo, el jefe de personal y la máxima autoridad: el alcalde, “que debió velar por el cumplimiento de sus empleados con el mandato del juez, él es la cabeza de todo esto”.
Revisión de documentos
Sobre la fecha que se impondrá la sanción, Santiago Betancourt manifiesta que ello dependerá del juez y la celeridad en la revisión de los documentos presentados tanto por la Defensoría del Pueblo como del SOML, a través del asesor jurídico.
PARA SABER
Aparte de la destitución del funcionario responsable, también se impone una multa pecuniaria que va desde uno a 25 salarios básicos por cada día de retraso.