El Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social ofrece beneficios para los privados de la libertad

El Código de Ejecución de Penas y Rehabilitación Social establece derechos para los internos.

Pablo Granda Matailo, abogado en libre ejercicio profesional.
Pablo Granda Matailo, abogado en libre ejercicio profesional.

Las personas privadas de la libertad que han cumplido los requisitos y normas del sistema progresivo en relación a la sentencia condenatoria pueden acogerse al beneficio penitenciario y cumplir lo que le resta de la pena fuera de los Centros de Rehabilitación Social del Ecuador.

Pablo Granda Matailo, abogado en libre ejercicio y experto en temas penitenciarios, indica que las personas privadas de la libertad que cumplen una sentencia ejecutoriada pueden acogerse a ese derecho, mas deben cumplir ciertos requisitos que dejan ver el cambio social del interno.

Dos modalidades

El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en vigencia desde el domingo 10 de agosto de 2014, contempla dos modalidades: el régimen semiabierto y el régimen abierto. El primero luego de cumplir el 60% de la condena; y para el segundo el interno debe haber cumplido el 80% de la pena.

Granda Matailo recuerda que en el Código de Procedimiento Penal, vigente hasta el sábado 9 de agosto de 2014, existían tres fases para que la persona privada de la libertad se acoja a ese beneficio conocido como prelibertad con el 40, 50 y 60% de la condena cumplida en ese momento.

Cumplir requisitos

El abogado, especialista en temas penitenciarios, manifiesta que en la actualidad con la vigencia del COIP ya no hay la prelibertad sino los regímenes semiabierto y abierto; y los delitos sexuales y contra las personas no son susceptibles, para que sus protagonistas accedan al mismo.

Quienes deseen acceder a este beneficio deben cumplir los siguientes requisitos: cumplir el 60% de la pena; informes de la valoración de los ejes de rehabilitación, jurídico y psicológico; certificados de no haber sido sancionado y de estar en mínima seguridad; y probar arraigo social.

Acceder a ejes de rehabilitación

Pablo Granda Matailo exhorta a las personas privadas de la libertad que ingresan a los centros carcelarios a cumplir una condena, que soliciten ser parte de los ejes de rehabilitación para en un futuro se beneficien con los regímenes semiabierto y abierto.