
A partir del lunes 12 de mayo de 2025, Ecuador exigirá el Certificado Internacional de Vacunación contra la fiebre amarilla a todos los viajeros que provengan o residan en Perú, Colombia, Bolivia y Brasil. Esta medida también se aplicará a quienes hayan permanecido al menos 10 días en tránsito o visita en alguno de estos países antes de ingresar al territorio ecuatoriano.
Además, se establece la obligatoriedad de vacunarse contra la fiebre amarilla para quienes residan o viajen a zonas de riesgo en la Amazonía ecuatoriana: Sucumbíos, Orellana, Napo, Pastaza, Morona Santiago y Zamora Chinchipe. En estos casos, la vacuna deberá ser administrada al menos 10 días antes del viaje.
Lineamientos de vacunación
Con el objetivo de reforzar la protección contra esta enfermedad en la región amazónica, el Ministerio de Salud Pública (MSP) ha emitido nuevos lineamientos para la administración de la vacuna, priorizando la cobertura efectiva y el enfoque según el riesgo de cada grupo poblacional.
La vacuna contra la fiebre amarilla fue incorporada al esquema nacional de vacunación en el año 2000, inicialmente para niños de 12 a 23 meses en la Amazonía. En 2005 se realizó una campaña dirigida a personas entre 1 y 59 años en esta región. Desde 2009, la vacuna forma parte del esquema regular a nivel nacional. Una sola dosis proporciona protección de por vida.
El MSP menciona que la vacunación es la herramienta más eficaz para prevenir la fiebre amarilla. Se exhorta a los habitantes de la Amazonía y a los viajeros a informarse y acudir a los centros de salud para recibir la vacuna oportunamente.
- CLAVE
Se puede acudir a los centros de salud para ubicarse la vacuna.