Entre las prohibiciones constan los eventos que congreguen masiva presencia de personas.
Con la Ordenanza que regula y limita el comportamiento social para controlar la expansión del Covid-19 en el cantón Loja, aprobada el lunes 14 de septiembre de 2020 se establecen restricciones e incluye el ejercicio de actividades en ciertas áreas.
En el documento se establece que las actividades de bares, discotecas, centro de diversión nocturna y centros de tolerancia, continúan suspendidas temporalmente.
Para su funcionamiento posterior, estarán supeditados al pronunciamiento de la mesa de salud que ante COE Cantonal sean calificados, órgano que, para su reactivación, tomará como base el cumplimiento de los respectivos protocolos.
Mientras dure la pandemia, se permite que los centros de categoría 2, puedan tener un permiso de funcionamiento adicional, únicamente como restaurantes, siempre y cuando cumplan con las regulaciones establecidas para esta actividad comercial.
Aforo
Las variables en su aforo podrán ser revisadas mediante pronunciamiento del COE cantonal o en su defecto mediante resolución de Alcaldía basado en la conducta epidemiológica en el cantón.
Los escándalos públicos que se provoquen, producto de reuniones sociales en domicilios, establecimientos privados o similares, serán considerados como infracciones muy graves, por alterar el orden y la salud pública. La multa es de 50 % de un Salario Básico Unificado (SBU) y la suspensión de actividades por diez días.
Quienes atiendan sin tener autorización recibirán una multa del 25% de un SBU y en el caso de vender bebidas alcohólicas sube un 25%.
Accionar
La presidenta de la Comisión Especial que trabajó en Ordenanza, María Elisa Chicaiza, quien es Comisaria de Higiene, explica que no se van a emitir autorizaciones para espectáculos públicos por parte del Municipio de Loja.
“Se reestablecen algunas actividades que estaban suspendidas como templos, cines, teatros con un aforo del 30%, así como restaurantes en un 50% del aforo y de servicio a nivel de la terminal terrestre en un 75%”, afirma y agrega que los supermercados pueden atender con un 50%.
“Todos los lineamientos que se puedan ir ampliando a nivel nacional o cantonal, como en el tema del aforo deberá considerarse lo que disponga el Comité de Operaciones de Emergencia local”, afirma.
En cuanto a los gimnasio explica que pueden atender, pero en estricto apego de las medidas de bioseguridad; lo propio en las canchas sintéticas.
PARA SABER
Hay sanciones en caso de escándalos públicos que se provoquen, producto de reuniones sociales en domicilios, establecimientos privados o similares.