La percepción social de una sentencia

Los casos mediáticos provocan que las redes sociales se conviertan en Tribunales y los comunicadores y usuarios de plataformas digitales en administradores de Justicia.

Estas personas que asumen el papel de juzgadores olvidan que hay una verdad procesal que se obtiene de las pruebas que reposan en el expediente y de los hechos debidamente corroborados. El caso del policía Santiago O. condenado a prisión por la muerte de unos delincuentes es un claro ejemplo en donde la emotividad de la colectividad desplaza a las razones jurídicas dadas en una decisión judicial, de quienes verdaderamente conocieron el caso.

Se debe entender que este caso no se centra en preferir el accionar de un policía y odiar los actos de unos malhechores porque estoy convencido que, si esa fuese la disyuntiva, yo también me inclinaría por el guardián del orden.

El problema por resolver es distinto y se encierra en verificar si la actuación del policía al momento de impedir el robo a un ciudadano matando a sus atracadores fue un acto legítimo, necesario y proporcional que justificó quitar la vida a esas personas, que sin duda contravinieron el marco jurídico y rompieron la armonía y paz social.

La respuesta es jurídica, aplicando la ley, subsumiendo los hechos a instituciones jurídicas y revisando la teoría del delito, pero no las opiniones de los políticos, menos de los tweets o comentarios en una red social; caso contrario, pasamos a ser replicadores de percepciones sociales, que no distinguen entre el clamor popular y la verdad objetiva, llamada proceso penal.

Este caso al mediatizarse deja un mensaje inteligible desde la perspectiva jurídica independientemente de la resolución de última instancia. El desconocimiento teórico y la falta de preparación práctico de la fuerza pública deriva en la judicialización de su accionar por desproporcional.

Carlos Orellana Jimbo

ab.carlosorellana@hotmail.com