La Asamblea no da pie con bola

El archivo en primer debate, por parte de la Asamblea Nacional, de un proyecto de ley enviado por el presidente de la República, calificado como urgente en materia económica, ha provocado una nueva pugna entre las Funciones Ejecutiva y Legislativa; que se hubiera evitado con una mínima coordinación de sus autoridades y una lectura elemental de la Constitución.

El Ecuador es un “Estado Constitucional de Derecho”, en el que la Constitución es la norma suprema del Estado, tiene carácter vinculante y es de aplicación directa. Esto significa que no se requiere de una norma legal para que sus mandatos se apliquen; y que, de haber contradicción entre la Constitución y la ley, debe aplicarse la primera.

La Constitución dispone que un proyecto de ley “será sometido a dos debates”. Además, que el presidente de la República podrá enviar a la Asamblea Nacional proyectos de ley calificados de urgencia en materia económica; que deberán ser aprobados, modificados o negados en un plazo máximo de 30 días. También enuncia que “el trámite para la presentación, discusión y aprobación de estos proyectos será el ordinario, excepto en cuanto a los plazos anteriormente establecidos”.

No es difícil concluir que los proyectos de ley calificados de urgentes en materia económica deben ser aprobados, negados o archivados en el segundo debate; más aún cuando la Ley Orgánica de la Función Legislativa, en el artículo 62, claramente expresa que el archivo de este tipo de proyectos puede darse, pero en el segundo debate. Los “honorables” no dan pie con bola y continúan agravando la inseguridad jurídica, que es uno de los peores males que tiene el Ecuador.

Gustavo Ortiz Hidalgo

gortizhidalgo@yahoo.com

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