Mucho se habla del “recurso de revisión en materia penal” y muy particularmente de la sentencia del ex presidente Correa. Este es un recurso extraordinario que ya está normado en nuestra legislación ecuatoriana y su objeto es revisar sentencias que, posiblemente, se hayan ejecutoriado con algún error de hecho. Aquí es necesario determinar cuáles son los errores de hecho y cuáles los de derecho; aclarando que un recurso de revisión se circunscribe -exclusivamente- a revisar errores de hecho mas no sobre errores de derecho; así lo determina el Art 658 del COIP.
El referido artículo determina las causales para proponer el recurso de revisión: 1) se compruebe la existencia de persona que se creía muerta; 2) dos sentencias sobre una misma infracción y 3) sentencia en base a documentos falsos, testigos falsos o informes periciales maliciosos o errados. Estas causales permiten identificar o materializar en la práctica el error de hecho; es decir, sobre los elementos que constituyeron el delito materia de la revisión. En ningún momento esta disposición hace referencia a los errores de hecho; pues estos recaen sobre los elementos jurídicos del delito concreto, se relacionan de manera directa con el conocimiento correcto o incorrecto de la Ley. A mayor abundamiento cito un ejemplo: error de hecho. – alguien se retira de una fiesta y por error toma un portafolio o cartera igual al suyo y se marcha (se lo acusa de hurto) realmente no hubo delito, en la revisión se determinará que fue un error. Aportando prueba nueva que evidencie que hubo ese error y no se lo tomó en cuenta. Insisto, no se puede solicitar revisión sobre errores de derecho, ejemplo: influjo psíquico.
Decía Couture en su postulado cuarto: […] “Ten fe en el Derecho como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como destino normal del Derecho; en la paz, como substitutivo bondadoso de la justicia; y sobre todo ten fe en la libertad, sin la cual no hay Derecho, ni justicia, ni paz.” […] Ojalá allá en el Área 51, de la Asamblea Nacional, se utilice el Derecho para cumplir con su noble misión: “dar a cada quien lo que le corresponde”; para que esto suceda les deseamos: …buen viento …y buena mar.
Lenin Paladines Salvador
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