Cuando un gobierno toma la decisión de expulsar a un diplomático de otro Estado, lo hace como una medida de protesta por alguna acción, omisión u comportamiento que considera inaceptable respecto al Estado extranjero o su representante. En respuesta, el gobierno extranjero también puede decidir expulsar a un diplomático del primer Estado como una medida de reciprocidad. Según el Derecho Internacional en el artículo 9 de la Convención de Viena sobre sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, los Estados receptores de misiones diplomáticas podrán en cualquier momento y sin tener que exponer los motivos de su decisión notificar al Estado acreditante su decisión de declarar al jefe u otro miembro de la misión como persona non grata.
La crisis diplomática entre Ecuador y Argentina se origina cuando el gobierno ecuatoriano declara al embajador argentino Fuks como persona non grata y su posterior expulsión como jefe de la misión diplomática acredita en Ecuador, luego de conocer que una exministra condenada por corrupción se fugara de la delegación diplomática en donde se encontraba asilada. El embajador Holguín consideró que se ha vulnerado “el principio de buena fe y confianza mutua entre los Estados” al encontrar inconsistencias por parte del Embajador Fuks al ser consultado sobre la fuga de Duarte.
Con este antecedente, es necesario concluir el asunto de manera responsable y cuidadosa, tomando en consideración que el embajador Fuks ya fue sancionado y expulsado del país, desde argentina se aplicó en reciprocidad la misma medida. En estos términos, debemos evitar que el resquebrajamiento de las relaciones continúe escalando, es importante esclarecer el inconveniente, establecer un canal de diálogo de alto nivel, identificar responsables y respuestas a las inconsistencias y sobre todo encontrar soluciones que sean consecuentes con las históricas relaciones de amistad y respeto que han mantenido las naciones.
Santiago Pérez Samaniego
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