Al calendario del poder

En Ecuador, erosionar la democracia, las leyes y las instituciones se ha vuelto una práctica recurrente. El Consejo Nacional Electoral, cuestionado reiteradamente por su falta de independencia, lo ha hecho una vez más al modificar la fecha de las votaciones seccionales, bajo el argumento espurio de probables efectos adversos provocados por el fenómeno de El Niño. Solo en nuestra ultrajada República se podría disimular mañana decisión, que tiene otro trasfondo, con base en escenarios que aún no se sabe si van a suceder.

Más preocupante que la medida ha sido la forma en que se la ha defendido. Lejos de ofrecer argumentos técnicos claros y verificables, la máxima autoridad del organismo ha recurrido a vacilaciones semánticas y explicaciones imprecisas, lo que no hace sino profundizar las dudas sobre la motivación real de la decisión. A ello se suman las amenazas expeditas en contra de la Corte Constitucional, cuya facultad de control está expresamente reconocida en la Constitución.

Lo que está en juego no es únicamente una fecha, sino la calidad misma de la democracia. Como advierte Przeworski, la democracia funciona cuando existen reglas claras y estables que todos los actores involucrados aceptan. Alterarlas ilegalmente y sin consenso suficiente debilita la confianza en el proceso electoral y abre un margen peligroso para la discrecionalidad.

En la misma línea, la participación efectiva, igualdad de condiciones y comprensión informada, desarrolladas por Dahl, se ven directamente afectadas porque se reducen los tiempos de deliberación, se tensiona la competencia entre candidatos y se limita la capacidad ciudadana de decidir con información plural y suficiente.

No se trata, entonces, de un ajuste administrativo menor, sino de una vergonzosa decisión que erosiona principios básicos del orden democrático. Cuando las reglas del juego pueden cambiarse sobre la marcha y con justificaciones débiles, lo que se resquebraja no es solo la legalidad del proceso, sino su legitimidad.

En este escenario, la Corte Constitucional no solo tiene la facultad de intervenir sino la responsabilidad de hacerlo. Si no se establece un límite claro frente a decisiones de esta naturaleza, se sienta un precedente peligroso: que las reglas electorales pueden adaptarse a conveniencia del gobernante de turno. Y cuando eso ocurre, la democracia deja de ser un sistema de garantías para convertirse en un instrumento moldeable al calendario del poder, al arbitrio de quienes gobiernan.

José Luis Íñiguez G.

joseluisigloja@hotmail.com

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