La responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Ecuador

La incorporación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) prometía transformar la lucha contra la delincuencia de cuello blanco en Ecuador. Sin embargo, en la práctica judicial, esta figura dogmática ha quedado relegada a una mera utopía procesal.

Nuestro sistema de justicia sigue arrastrando una inercia de años. Siempre resulta más fácil y rápido dirigir la acusación hacia la persona natural, sea el gerente, el contador o el empleado de menor rango, mientras la empresa que sirvió de plataforma para el ilícito sigue intacta. Esta Selectividad procesal genera un “efecto chivo expiatorio” bastante peligroso: se condena a un par de individuos, pero la sociedad mercantil solo necesita cambiar de nombre, trasladar sus activos o abrir una offshore para continuar operando sin mayores sobresaltos.

El problema de fondo es que investigar a una corporación exige auditorías contables complejas y revisar si existían verdaderos controles internos (compliance), algo para lo que la Fiscalía muchas veces no tiene el personal ni los recursos necesarios. Pero quedarse solo en encarcelar al empleado es quedarse a medias. Mientras la justicia no se atreva a liquidar, cerrar o aplicar multas severas a las empresas que sirvieron de fachada para el delito, la responsabilidad penal corporativa en Ecuador seguirá siendo pura teoría, un adorno legal en el COIP que, lejos de intimidar al corrupto, le asegura que el negocio siempre podrá continuar.

Santiago Medina Romero

jsmedina1999@gmail.com

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