En este prestigioso medio de comunicación opinaba que debemos fomentar el turismo local y nacional en los feriados, considerando sus ventajas económicas, pero no me había percatado de la corrupción de ciertos agentes de la Comisión de Tránsito del Guayas que al ver un vehículo con placas de provincias de la sierra lo detienen sin ninguna razón y se inventan que las llantas no tienen la huella que deberían y por tanto, deben detener el vehículo.
Entonces ante el temor que causan por la posible detención del vehículo con la familia completa y en feriado, lo que esperan es que les supliquen que no le detengan al vehículo y ellos por “ayudar” le dejan pasar, pero con la frase: “hay que ser recíprocos en la ayuda”.
El corrupto no es únicamente quien solicita dinero sino también aquella persona que entrega dinero por obtener “un favor”. El Código Orgánico Integral Penal en su artículo 280 estipula como pena privativa de libertad de uno a tres años para el servidor público en este caso, el agente de tránsito y también sanciona con la misma pena a la persona que ofrezca o prometa a una o a un servidor público un donativo, dádiva, promesa, ventaja o beneficio económico indebido u otro bien de orden material para hacer, omitir, agilitar, retardar o condicionar cuestiones relativas a sus funciones.
La única forma de erradicar este tipo de acciones es no fomentarlas, es preferible que un juzgador determine la legalidad de la multa de tránsito y no se debe dar ninguna cantidad de dinero, si se comete una infracción es justo ser sancionados por ello, y el rol de los Agentes de tránsito no es “ayudar” sino evitar que se sigan cometiendo infracciones, pero cuando exista causa lícita y no por invención personal.
Manuel Salinas Ordóñez
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