Pagaré a la orden

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTÓN LOJA

CITACIÓN JUDICIAL

Cito con el contenido de la demanda, auto de aceptación a trámite y más constancias procesales recaídas en el proceso civil ejecutivo nro. 11333-2021-01998 seguido por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO VICENTINA MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA LTDA cuyo extracto es el siguiente:

ACTOR: COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO VICENTINA MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA LTDAS

DEMANDADO: AGUIRRE QUEZADA JULIO CESAR y otros

OBJETO DE LA DEMANDA: PAGARÉ A LA ORDEN

CUANTIA: $43.000

JUICIO:Nro. 11333-2021-01998

JUEZ:Dr. Luis Figueroa Simancas 

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN LOJA, PROVINCIA DE LOJA DELOJA. Loja, viernes 2 de julio del 2021, las 15h45. V I S T O S:­ Agréguese a los autos el escritoque antecede. En lo principal, se considera: PRIMERO.­ CALIFICACIÓN DE LADEMANDA.­La demanda presentada, por el Dr. ALBERTO GEOVANNY BUSTOS PARRA, ensu calidad de GERENTE DE LA COOPERATIVA de Ahorro y Crédito Vicentina “MANUELESTEBAN GODOY ORTEGA” LTDA., en contra de: EDGAR FABIAN LUPERCIO LUCERO yMARIA CRISTINA AGUIRRE GUTIERREZ, deudores principales, LUIS ANTONIO AGUIRREQUEZADA, DEYSI ROSARIO GUTIERREZ VIVAR, WILSON MARCELO ARMIJOSAGUIRRE, MARIA OLIVIA NIVELO SARANGO y JULIO CESAR AGUIRRE QUEZADA,cumple los requisitos legales previstos en los arts. 142 y 143 del Código Orgánico General deProcesos (COGEP) y se fundamenta en el PAGARE A LA ORDEN, documento que constituye títuloejecutivo, al tenor de lo previsto en los arts. 347 y 348 del mismo código, ya que contiene unaobligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; por lo que se califica y admite a trámitemediante procedimiento EJECUTIVO. SEGUNDO. CITACION.­ Se ordena la citación de losdemandados: EDGAR FABIAN LUPERCIO LUCERO y MARIA CRISTINA AGUIRREGUTIERREZ, deudores principales, LUIS ANTONIO AGUIRRE QUEZADA, DEYSI ROSARIOGUTIERREZ VIVAR, WILSON MARCELO ARMIJOS AGUIRRE, MARIA OLIVIA NIVELOSARANGO y JULIO CESAR AGUIRRE QUEZADA, en el domicilio señalado, y se les concede adichos demandados el término de (15 ) días, para que contesten la demanda de conformidad a loestablecido en el Art. 333 numeral 3 del Código Orgánico General de Procesos COGEP. Y,TERCERO.­ Agréguese los documentos presentados. Tómese en cuenta la cuantía, casillero judicial ycorreo electrónico señalado. Pasen los autos a la oficina de citaciones.­ Con el fin de dar cumplimiento con la citación se dispone que la parte actora , facilite la copias que se requieren con el objeto de cumplir con la diligencia.­ Se llama a intervenir a la Abg. Verónica Talia CarriónGuerrero, en su calidad de Secretaria, mediante acción de personal Nro.0835­DP11­2020­FA., de fecha 09 deJulio del 2020.­ Hágase saber.- OTRA PROVIDENCIA: VISTOS: En lo principal, toda vez que la parte actora COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO VICENTINA MANUEL ESTEBAN GODOY ORTEGA LTDA ha rendido el juramento sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de la parte demandada, AGUIRRE QUEZADA JULIO CESAR se dispone citarlo por uno de los diarios de amplia circulación de esta ciudad de Loja, conforme lo determina el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, para lo cual extiéndase el extracto respectivo para la publicación por el periódico.- Hágase Saber.-

Loja, 01 de octubre de 2021