Revocatoria

La revocatoria es un derecho consagrado en la Constitución Política del Ecuador, a través del cual un determinado número de ciudadanos puede solicitar la  convocatoria al electorado para que decida si un representante elegido popularmente debe ser removido de su cargo antes de que concluya el periodo para el cual fue elegido; no obstante después de ciertas modificaciones en el reglamento, los procesos iniciados terminan si mayor éxito para los proponentes.

Caso patético es el reciente proceso desarrollado en el cantón Paltas, en donde un grupo de ciudadanos propició la revocatoria del mandato del señor Alcalde y dos concejales de esta jurisdicción. Luego de haber superado el engorroso primer paso como es la justificación del pedido, el Consejo Nacional Electoral autorizó la recolección de firmas, y es ahí donde el proceso se cae, aunque no existe un pronunciamiento oficial, se conoce de fuentes fidedignas que luego de una prolija depuración no alcanzaron el mínimo de firmas requeridas.

Todo esto nos deja una lección, la posibilidad de aplicar la revocatoria a las autoridades se volvió complejo por todo lo que implica poner en marcha tal diligencia. El Art. 17 del Reglamento para el ejercicio de la Democracia Directa, dice que se recolectará en los cantones con una población de 10 mil a 50 mil habitantes, el 17,5% de firmas, en el caso puntual de Paltas, al tomar como parámetro el número de electores en las últimas elecciones de 19 mil ciudadanos, el 17.5% equivale a 3.350 rúbricas y si a ello le sumamos que deben pasar por diferentes filtros en una exhaustiva revisión, este tipo de procesos se volvió engorroso y difícil de cristalizarlo.

La reflexión final concretamente en el caso puntual de Paltas no debe haber ganadores ni vencidos, es necesario dejar atrás este evento que marcó una división en sus habitantes, es urgente superar rencillas personales y bregar por un solo objetivo: el desarrollo de este importante cantón.

Sybel Ontaneda Andrade

sybelontaneda@hotmail.com