Golpe duro y regresivo

Es lamentable que en nuestro país se declare inconstitucional por parte del máximo organismo de justicia constitucional, normas que buscan generar estabilidad laboral a los profesionales y trabajadores de salud, siguiendo un concurso de méritos y oposición, pues esta norma contenida en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario, busca reconocer el trabajo loable realizado por quienes estuvieron en primera línea en cada uno de los hospitales públicos del país. Los que ayer fueron héroes hoy son desconocidos por la institucionalidad pública, pues debían haber tenido su proceso de concurso y nombramiento hasta diciembre de 2020, sin embargo, en muchos casos han estado mendigando y esperando la buena voluntad de la administración, lo que es inaceptable, pues incluso en ocasiones se trata de desconocer a profesionales que dentro de sus actividades cumplieron el rol histórico y extraordinario de dar una atención integral, desde el ingreso a la casa de salud, hospitalización, cuidados intensivos, entrega de medicinas y posterior alta, lo que involucra a muchas ramas de la salud.

No todo está perdido, al menos la sentencia de la Corte Constitucional deja en vigencia los nombramientos ya expedidos;  y todos y cada uno de los concursos que se encuentran en marcha, esto es en cualquiera de las etapas una vez iniciado el procedimiento administrativo,   en otras palabras, que se encuentren planificados o notificados a los trabajadores o profesionales de la salud, lo que deja una puerta abierta para que en base al principio de juridicidad la propia Administración Pública en sede administrativa  pueda actuar y terminar de dar dichos nombramientos definitivos, caso contario serán los jueces constituciones que mediante garantías jurisdiccionales deban hacer respetar ese derecho adquirido.

Daniel González Pérez

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