Ha sido sorpresivo el cambio de autoridades en el Consejo Nacional Electoral (CNE), principalmente por producirse en el marco de un cuestionado proceso electoral para renovar a los dignatarios de los gobiernos autónomos descentralizados y a los vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs).
Mucho se especula sobre si el cambio de las cabezas del CNE también implicará un viraje en la conducción política que ha tenido dicho organismo, que para muchos se ha caracterizado por responder a las directrices que se emiten desde Carondelet y, obviamente, a los intereses del partido de gobierno.
Lo que pocos comentan es la pérdida de legitimidad de los miembros del CNE y de los jueces del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), por encontrarse todos prorrogados en sus funciones; ni siquiera se ha realizado la renovación parcial que ordena la Constitución.
Las causas obedecen principalmente a los intereses políticos que priman en la designación de las autoridades de la Función Electoral, así como a la negligencia del Cpccs, encargado de organizar los concursos públicos de méritos y oposición para su renovación.
Cabe precisar que el artículo 218 de la Constitución dispone que el CNE se integrará por consejeros principales que ejercerán funciones por seis años y que se renovará parcialmente cada tres años: dos miembros en la primera ocasión y tres en la segunda, y así sucesivamente. Una norma similar existe para los jueces del TCE.
Una democracia no solo implica que el pueblo elija a sus representantes en las urnas. También requiere respeto al Estado de derecho y a su ordenamiento jurídico, así como frenos y contrapesos que eviten que un poder asuma facultades de otros órganos del Estado. Tenemos una democracia incipiente y poco hacemos por fortalecerla.
Gustavo Ortiz Hidalgo