Ellos se encontraban en una licorera, cuyo propietario dijo que no tenía ningún permiso de funcionamiento.

La diligencia judicial tomó más tiempo que la sanción de un día de cárcel que una jueza de la Unidad Judicial Penal de Loja impuso a dos agentes civiles de la Unidad de Control Operativo de Tránsito (UCOT), quienes insultaron y maltrataron a cuatro policías y a dos funcionarios de la Gobernación, la noche del jueves 10 de marzo de 2022, en un operativo de control.
«Somos agentes de tránsito. Ya vas a ver cuándo te vea en la calle. Ustedes no pueden ingresar aquí. Cuánto ganan para darte más de lo que ganas. No te vendas por basuras» fueron algunas de las expresiones que Bryan S. V. y Juan S. F. profirieron a los funcionarios y los policías para calmar los ánimos intervinieron, pero esos ciudadanos, también, los insultaron.
Los dos agentes civiles despotricaron contra los policías y alardeaban de que: «No saben con quién se están metiendo. Yo soy el duro de Loja y soy amigo de todos los jueces y ya van a ver lo que les va a pasar. Los vamos a denunciar». Esas expresiones se entremezclaban con las palabras de grueso calibre que los agentes proferían contra los policías.
Dueño sin permisos
La contravención penal de segunda clase que los agentes de la UCOT cometieron fue cuando los funcionarios de la Gobernación y los policías, a eso de las 23:20, del último jueves, llegaron a una licorera, ubicada al centro oriente de Loja, en donde varios ciudadanos ingerían licor. Al dueño solicitaron los permisos y él manifestó que no los tiene.
En ese momento los agentes civiles Bryan S. V. y Juan S. F., de 28 y 33 años, en su orden, se inmiscuyen para insultar a los funcionarios de la Gobernación de Loja y luego a los policías, quienes tuvieron que intervenir, a través del uso progresivo de la fuerza, y para controlarlos usaron gas pimienta y luego esposaron a los dos iracundos ciudadanos.
Luis Morocho Romero, con grado de sargento, asesor jurídico de la Policía de Loja, en la audiencia de formulación de cargos y juzgamiento de los dos agentes civiles, probó la infracción, mas la jueza emitió esa resolución y, además, fijó una multa del 25% de una remuneración básica; seis horas de trabajo comunitario; y que no vuelva a repetirse la infracción penal.
De 5 a 10 días de cárcel
El ítem 2, del Art. 394, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), de las Contravenciones de Segunda clase dice que: «La persona que maltratare, insulte o agreda de obra a los agentes encargados de precautelar el orden público, en el ejercicio de sus funciones, será sancionada con una pena privativa de libertad de cinco a diez días.