Recupera su trabajo en el Ministerio de Salud Pública, pero no le pagan desde hace 19 meses

Su partida fue suprimida y con una acción de protección ella fue reintegrada.

Édison García Celi es el abogado de Paola Rentería Chiriboga.
Édison García Celi es el abogado de Paola Rentería Chiriboga.

El 3 de diciembre de 2020, a las 23:55, la Dirección Distrital de Salud 19D04 El Pangui-Yantzaza, de la provincia de Zamora Chinchipe, notificó a Paola Fernanda Rentería Chiriboga que daba por terminada la relación laboral por la supresión de la partida con la cual ella trabajaba desde como Odontóloga General, del Centro de Salud Tipo B, del cantón El Pangui, de esa jurisdicción oriental.

Ella, a través de Édison García Celi, su abogado, presentó una demanda de acción de protección, en contra de la Directora Distrital de Salud 19D04 El Pangui-Yantzaza, por haber vulnerado sus derechos constitucionales, en base a los artículos 229, 82 y 77, numeral 7, literal l, de la Constitución de la República de Ecuador; el Art. 100 del Código Administrativo; y el Art. 60 de la Ley de Servicio Público.

«Se presentó una acción de protección, a la Unidad Judicial Multicompetente Penal, de Yantzaza, que fue favorable para mí defendida, pero el Ministerio de Salud y la Procuraduría General apelaron y en la segunda instancia ratificaron la sentencia considerando que se vulneraron los derechos establecidos en la Constitución y se ordenó la inmediata reincorporación a sus labores», indica García Celi.

No aportan al IESS

En febrero de 2021 la odontóloga Rentería Chiriboga se incorporó a sus labores; sin embargo, han transcurrido 19 meses y sus haberes no le han sido cancelados y ni el Ministerio de Salud ha realizado sus aportes al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Su abogado elevó una denuncia a la Fiscalía de Yantzaza por incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.

«Hacemos público este caso porque la doctora trabaja sin recibir un solo centavo y ella ha sido objeto de ciertos maltratos como el ser relegada para recibir la ropa de trabajo (…). El analista zonal de la Asesoría Jurídica manifiesta que a ella no se le ha podido pagar el sueldo porque no ha sido reintegrada y al parecer el equivoca los términos quien sabía de esa supresión», indica García Celi.

A Paola Rentería Chiriboga, quien tenía un nombramiento permanente desde 2017, no debieron suprimirle su partida porque ella está amparada por el Art. 60 de la Ley Orgánica de Servicio Público porque cuidaba a su padre, quien padecía una enfermedad catastrófica. El abogado recientemente incorporó al proceso judicial un oficio en donde consta la fecha en la cual la odontóloga se reincorporó.

PARA SABER

En la acción de protección se indicó que se vulneró el derecho al trabajo y a la estabilidad laboral.