Ordenanza infringida

La realidad local y sus casos mediáticos exponen hechos que visibilizan la existencia de normas vigentes, pero infringidas por la inobservancia de aquellos que les correspondía exigir su acatamiento. Un caso llamativo es la denominada zona “La Pileta”.

Sucede que desde el 2013 se creó la ordenanza Nro. 09-2013 que regula los permisos de funcionamiento para bares, licoreras y discotecas en el cantón Loja, prohibiendo que estos establecimientos funcionen dentro de un radio de 200 metros cercano a hospitales, centros de reposo, albergues, iglesias y centros de educación.

Esta es una norma válida, pero ineficaz por su prolongado incumplimiento. Es una norma preestablecida y a la vez transgredida por el Municipio de Loja al momento de otorgarse este permiso, por lo que surgen preguntas a responder:

¿Quién incumplió esta prohibición? El Municipio de Loja antes que los mismos solicitantes. ¿Desde cuándo se incumplió? Desde hace 8 años. ¿Por qué se habla de este tema? Por una sentencia constitucional, a mi criterio muy justa y eficaz desde el plano axiológico y sociológico, respectivamente; aunque incorrecta desde el escenario formalista al verificarse a primera vista algunos aspectos que la volvían improcedente al no impugnarse un acto u omisión sino un hecho inconstitucional y por no activarse la vía constitucional correspondiente.

No obstante, más allá del debate jurídico que pueda generarse, con o sin sentencia, resulta indispensable que el Municipio de Loja respete y aplique sus normas en todo el cantón debido a que no es una norma dirigida solo para los establecimientos de “La Pileta”. Tampoco, no es justificable la permanente inacción del Municipio para corregir su inobservancia por la vía administrativa y menos la pasividad para accionar los mecanismos disciplinarios en contra de los funcionarios infractores.

Por último, la próxima zona rosa debe ser un proyecto que cumpla con las exigencias de infraestructura segura, arquitectónicas y legales, que respete el contenido de sus propias ordenanzas.

Carlos Orellana Jimbo

ab.carlosorellana@hotmail.com