La visa es discriminatoria

La Declaración Universal de los Derechos Humanos en su Art. 1 estipula que: “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. La Constitución de la República del Ecuador en el Art. 66 numeral 4 estipula como un derecho de libertad el derecho a la igualdad formal, igualdad material y no discriminación.

En este contexto la libertad de transitar libremente también nos está garantizada como un derecho, inclusive entrar y salir del país sin restricción alguna, excepto las previstas en la ley o las ordenadas por autoridad judicial.

La visa en cambio constituye un permiso que da un país a una persona para que le visite temporal o indefinidamente, el término visa es francés y hace relación a visita.

La discriminación consiste en cambio en un trato diferente a personas que merecerían recibir el mismo trato que otras, por tanto, aunque sea una política estatal respecto de los procesos migratorios conceder o negar la visa es un proceso discriminatorio.

Lo lógico es que los seres humanos debemos recibir un trato que garantice el igual ejercicio de nuestros derechos humanos y aunque la igualdad sea limitada, un país no debería negar el acceso a las personas a los mismos derechos que a otras porque evidentemente, eso constituye, discriminación. Por ello, debe eliminarse en todos los países. La humanidad no debe reconocer naciones ni fronteras.

Manuel Salinas Ordóñez

masalord@hotmail.com