Todo se transforma, y los medios de comunicación no son la excepción. Por esa razón, vemos que los medios tradicionales recurren a las distintas redes sociales para retransmitir sus programas. A la vez, existe otros medios de comunicación bajo la denominación de digitales, que solo utilizan la internet para transmitir su parrilla de programación.
Consecuentemente, subsisten tanto los medios tradicionales y digitales en Ecuador. Sin embargo, hay un trato distinto para los segundos debido a que están imposibilitados desde el 24 de mayo de 2021 a alcanzar su registro en el Sistema de Registro de Medios Públicos. Esto resulta ser inadmisible en un Estado en donde no puede haber un tratamiento diferenciado a no ser por acciones afirmativas.
Esta imposibilidad legal de alcanzar su registro correspondiente no puede mantenerse en el tiempo. Las normas legales deben responder a los cambios tecnológicos y por ende el ordenamiento jurídico debe adaptarse a todo avance que la sociedad promueva. No es suficiente hablar de reformas a la ley de comunicación cuando se restringen derechos a los medios digitales que trabajan a través de la internet.
El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación (Cordicom) es consciente de esta realidad. Un evidente ejemplo que demuestra el obstáculo para los medios digitales es el tratamiento que reciben en el concurso de proveedores de promoción electoral ante el Consejo Nacional Electoral. Ellos, al no contar con el certificado actualizado de registro en el catastro de la Cordicom, deben cumplir con requisitos diferentes para los medios ya inscritos.
Esa distinción debe cambiar, se debe buscar la uniformidad de tratamiento para alcanzar una verdadera democratización de la comunicación e información; y, a la postre, la ampliación del acceso de todas las personas a medios y tecnologías en este campo.
Carlos Orellana Jimbo
ab.carlosorellana@hotmail.com