La sentencia se hizo pública este miércoles 7 de septiembre de 2022.

La destitución de su cargo de alcalde, suspensión de sus derechos de participación política durante dos años y una multa económica de 12.000 dólares son las principales sanciones que el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), a través del juez Fernando Muñoz, impuso, con fecha 7 de septiembre de 2022, al burgomaestre del cantón Celica, Oswaldo Román Calero.
El alcalde fue demandado por la vicealcaldesa, María Salomé Ludeña, por haber cometido una presunta violencia política de género en contra de ella. El caso llegó a conocimiento del TCE, que determinó que el alcalde sí cometió esa infracción.
Otras resoluciones que constan en la sentencia del organismo electoral son que Román Calero deberá emitir disculpas públicas en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia de Loja. El fallo también deberá ser publicado en la página web del Municipio de Celica. La sentencia es de primera instancia y puede ser apelada por Román Calero.
Reacción
María Salome Ludeña fue patrocinada legalmente por la fundación MEGA Mujeres de Quito, que también patrocinó a Yennifer López Córdova, actual alcaldesa del cantón Paltas, quien llegó a ese cargo luego de que el TCE, en segunda y última instancia, destituyera al hoy exalcalde Jorge Luis Feijoó Valarezo. Él también fue denunciado por violencia política de género.
Ana Karen Gómez, abogada de MEGA Mujeres, destaca la sentencia emitida este 7 de septiembre de 2022 por el TCE, aunque señala que se trata de un fallo de primera instancia que puede ser apelado por Oswaldo Román Calero.
No obstante, afirma que esta nueva sentencia es un logro para todas las mujeres que sufren violencia política de género. Asimismo, dice que esto abre la puerta para que más mujeres que están sufriendo este tipo de infracción, decidan denunciar sus casos.
En caso de existir una apelación del alcalde de Celica, Gómez Orozco tiene la confianza que el TCE ratificará la sentencia de primer nivel “puesto que los hechos han sido demostrados” y existe un antecedente que es el caso de la hoy alcaldesa de Paltas, el cual se constituye en “un precedente jurisprudencial”.
CLAVE
El fallo puede ser apelado por Oswaldo Román.