¿Acefalía?

Parece mentira que, en nuestro país, los titulares de importantes entidades del Estado desempeñen sus funciones con grillete e, inclusive, desde la cárcel. El excontralor Pablo Celi (con prisión preventiva), antes de renunciar, designó como su sucesor a un funcionario de carrera de la Contraloría General del Estado (CGE). La legalidad y legitimidad del acto administrativo que contiene dicha designación es materia de debate, sin que hasta el momento exista consenso para evitar que la CGE navegue sin su timonel.

La Constitución establece que la CGE es un organismo técnico, encargado del control de la utilización de los recursos estatales y de la consecución de los objetivos de las instituciones del Estado. La designación del Contralor General del Estado, luego de agotar el proceso de selección correspondiente, es atribución del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. No obstante, deberá posesionarse ante la Asamblea Nacional, organismo que, mediante juicio político, puede, inclusive, destituir al funcionario, pero no tiene competencia para designar su reemplazo.

La Ley Orgánica de la CGE establece el cargo de Subcontralor General del Estado, que será designado por el Contralor General y lo subrogará en caso de ausencia temporal o definitiva, hasta la designación del nuevo titular. Por ahora, hay varias respuestas a la pregunta: ¿Fue legal la designación del excontralor Pablo Celi de quien actualmente funge de Contralor subrogante?

Gustavo Ortiz Hidalgo

gortizhidalgo@yahoo.com