De corridas de toros y la sangre en la cultura

El jueves 17 de diciembre se dio la audiencia pública frente a la Corte Constitucional por una demanda que pretendía traer de vuelta las corridas de toros, particularmente a la ciudad de Quito, pero también al resto del país, negando la validez de la consulta popular del 2011 que prohibía los espectáculos donde se de muerte a animales. Uno de los argumentos que el sector taurino pretendía utilizar era el de declararse como una minoría discriminada y hacer que la constitución proteja sus derechos a la expresión cultural.

Esta utilización de la palabra “minoría” es abrumadoramente equivocada. Es verdad que el sector taurino en cantidad de personas es una minoría, esto se evidencia cuando en los pocos espectáculos que han logrado mantener no logran llenar las plazas de toros, pero la palabra “minoría”, en términos de protección de derechos, no hace referencia literalmente a la cantidad de personas, sino que se refiere a la vulnerabilidad de un grupo.

Una minoría étnica, racial, de género o de especie se encuentra en una posición vulnerable y es debido a ello que requiere de una protección particular para el cumplimiento de sus derechos. Cuando se da una expropiación de tierras, cuando se cometen feminicidios, cuando se criminaliza la protesta, o cuando se sacrifica a un animal por propósitos recreativos; entonces se habla de la discriminación de una minoría. La verdadera minoría a la que se debe proteger en esta ecuación son los toros y no a las personas que pretenden torturarlos.

Alex Samaniego

@AlexSMA21