El art. 146 de la Constitución de la República, trabajada en Montecristi por la Constituyente del 2008, textualmente dice: “En caso de ausencia temporal de la Presidencia de la República…
El art. 146 de la Constitución de la República, trabajada en Montecristi por la Constituyente del 2008, textualmente dice: “En caso de ausencia temporal de la Presidencia de la República…