Subsidio perverso

El diccionario de la RAE define al subsidio como una “prestación pública asistencial de carácter económico y de duración determinada”. Nuestra Constitución determina que los subsidios son uno de los medios para que la política fiscal cumpla el objetivo específico de redistribuir el ingreso.

Los manuales enseñan que, para evitar una distorsión en la economía, un subsidio debe cumplir tres requisitos. Primero, debe ser temporal; es decir, no puede ser permanente. Segundo, debe ser focalizado; o sea, no puede ser general y debe estar dirigido a aquellos segmentos de la población que realmente lo necesitan. Tercero, debe ser económicamente sustentable; en otras palabras, el Estado debe tener los recursos para financiarlo.

En el Ecuador, el subsidio a los combustibles no cumple ninguno de los tres requisitos indicados. Fue adoptado por la dictadura militar, en 1974, como efecto del “boom” petrolero; es decir, ya cumple medio siglo. El subsidio a los combustibles es aplicado a toda la población ecuatoriana; a ricos y pobres; a ciudadanos honestos, contrabandistas y narcotraficantes. Tan grave como lo anterior es que constituye una carga que ya no puede ser financiada por un Estado que tiene un déficit fiscal estructural.

Si agregamos que los combustibles producen una energía contaminante, la única conclusión posible es que este subsidio es injustificable, desde el punto de vista técnico, y perverso desde el punto de vista social.

Gustavo Ortiz Hidalgo

gortizhidalgo@yahoo.com

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