Revés judicial para el Municipio de Loja en el tema tala de árboles

La justicia rechazó la apelación que hizo la institución al fallo de primer nivel que favorece a sectores identificados con la naturaleza.

La tala de árboles que dio origen al proceso legal ocurrió el jueves 10 de febrero de 2022.
La tala de árboles que dio origen al proceso legal ocurrió el jueves 10 de febrero de 2022.

En varios colectivos y ciudadanos lojanos identificados con la defensa de la naturaleza existe satisfacción luego de que, la tarde de este miércoles 4 de enero de 2023, la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Pena Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de Loja emitiera la sentencia con la cual rechaza la apelación que hizo el Municipio de Loja al fallo de primer nivel con el cual se ordenó a la entidad que mientras no realice estudios técnicos y haya normativa sobre el arbolado urbano, se abstenga de realizar talas de árboles.

Este caso se originó por la tala de varios ejemplares de sauce que el Municipio de Loja efectuó el jueves 10 de febrero de 2022 en la ribera del río Malacatos ubicada en el sector de la avenida Manuel Agustín Aguirre entre Colón e Imbabura, frente al parque Bolívar de la ciudad de Loja. Estos trabajos desataron una indignación en varios ciudadanos y sectores, quienes argumentaron que la institución, con ello, vulneró derechos de la naturaleza y que además, no habría justificado técnicamente esa tala.

Por ello, los colectivos Somos el Ríos, Anku, Colectivo Jurídico Universitario y SOS Violencia presentaron una acción de protección que fue aceptada por la Justicia el viernes 20 de mayo de 2022. El Municipio apeló esa sentencia y tras más de siete meses, existe un fallo de segunda instancia que nuevamente es favorable para los accionantes.

Claudia Sánchez Orozco, integrante del colectivo Anku y una de las abogadas que patrocinó la acción de protección, señala que la sentencia de primera instancia no los dejó del todo satisfechos, porque la jueza que conoció la causa dispuso a los accionantes pagar por su cuenta un peritaje. Sin embargo, recogieron recursos y asumieron el pago de ese procedimiento, pero apelaron porque consideraron que el Municipio es el que debía pagar ese peritaje. Ahora, con la sentencia de segundo nivel, la Justicia ordena a la institución devolver los valores económicos a los accionantes.

CLAVE

En su tiempo, el Municipio de Loja justificó la acción indicando que forma parte de una limpieza de sedimentos acumulados y vegetación con la finalidad de evitar un posible desbordamiento del río Malacatos, tal como sucedió en 2021.

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