Los empleados bajo relación de dependencia, jubilados y beneficiarios de pensiones alimenticias tienen derecho a recibir el décimo tercer sueldo, un beneficio estipulado en el Código de Trabajo de Ecuador. Este pago adicional, conocido también como bono navideño, corresponde a la doceava parte del salario anual percibido entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso.
Para quienes reciben un salario constante, este bono equivale a un mes de sueldo adicional, el cual puede ser pagado de manera mensual o acumulativa, según la preferencia del trabajador. De acuerdo con el Acuerdo Ministerial 199 del Ministerio de Trabajo, vigente desde 2019, el pago mensual es la modalidad por defecto, salvo que el empleado solicite expresamente la acumulación.
La fecha límite para el pago acumulado del décimo tercer sueldo es el martes 24 de diciembre de 2024. En caso de que el trabajador haya laborado menos de un año en la empresa, el monto será proporcional al tiempo trabajado.
Este beneficio busca aliviar las cargas económicas de los empleados durante la temporada navideña, proporcionando un respaldo adicional en una época clave del año.