Cobros abusivos e ilegales

A propósito de la pandemia, se volvió costumbre efectuar pagos mediante transferencias bancarias, tarjetas de débito o tarjetas de crédito. De hecho, muchas empresas o instituciones se vieron obligadas a implementar esta modalidad, que en su gran mayoría aún persisten en la actualidad.

Aunque es positivo que aún se mantenga, hay escenarios que rayan en abusos y en “vivezas” que terminan perjudicando directamente al usuario. Me atrevería a decir que en la gran mayoría de locales, negocios o entidades de Loja que admiten pagos con tarjeta de crédito o débito se incumple, flagrantemente, la ley. Pues, de manera expresa, el Art. 50 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor prescribe que “el precio para el pago con tarjeta de crédito, será el mismo precio que al contado”. Sin embargo, la gran mayoría de establecimientos, cuando el cliente decide pagar mediante tarjeta de crédito o débito, al valor inicialmente anunciado e incluso pactado le suman comisión del 5% e, incluso, de hasta del 12% bajo la excusa de que el banco les cobra. Efectivamente lo hace: una comisión de 4.02% si el pago se hace con tarjeta de crédito y el 2% si se efectúa con tarjeta de débito. No obstante, de ello, es el comercio el que debe pagar al banco la respectiva comisión, y no el cliente (tarjetahabiente).

Aunque esta mala práctica parece un asunto menor, en realidad no lo es porque en muchos casos limita la adquisición de bienes y servicios, y afecta al cliente de manera directa. Y al existir un marco normativo, lo ideal sería que los organismos de control cumplan con su tarea cabal y hagan cumplir la ley, que no puede ser irrespetada solo porque los proveedores, en estos casos, ´tengan el sartén por el mango´. En todo caso, nuestra tarea como consumidores es denunciar y exigir que se respete la norma.

José Luis Íñiguez G.

joseluisigloja@hotmail.com

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