Caso exobreros de La Hora: CNJ niega recurso de hecho y de casación por improcedente

Abogado defensor dice que fallo abre la posibilidad para que trabajadores que sufran abusos puedan acudir a los juzgados a reclamar sus derechos.

Quienes fueron despedidos de sus trabajos realizaron una serie de medidas de rechazo contra la medida dispuesta por los directivos del rotativo.

La Corte Nacional de Justicia (CNJ), a través de la Sala Especializada de lo Laboral, el último viernes, 22 de abril de 2022, negó el recurso de hecho, presentado por los directivos del diario La Hora de Loja dentro del juicio que, por despido intempestivo, iniciara el exeditor de ese medio de comunicación, José Padilla Puchaicela, quien trabajó allí 18 años.

Un antecedente

El 29 de abril de 2020, en pleno brote de la pandemia del Covid-19, los directivos del rotativo, a través de sus respectivos correos electrónicos e incluso de la red social WhatsApp, notificaron a 32 trabajadores. Allí les informaron que, a partir de ese momento, ya no trabajaban más en la empresa periodística, bajo la justificación de “caso fortuito o fuerza mayor”.

Dada esa situación, los trabajadores enjuiciaron a la empresa que, días después de haber despedido a los 32 obreros, reanudó sus ediciones de manera digital con nuevos empleados.

El abogado defensor de una parte de los exobreros del medio de comunicación, Patricio Valdivieso Espinosa, manifiesta que, en el caso particular del exeditor, José Padilla Puchaicela, se ganó el juicio, sin embargo, “La Hora planteó el recurso de apelación, recurso que fue favorable para el licenciado Padilla”.

El jurisconsulto agrega que, luego de aquello, formularon un recurso de casación extemporáneo, que también “fue negado, lo cual nos permitió ver en Derecho que la sentencia estaba en firme, pero la tozudez de La Hora lo que hizo es presentar un recurso de hecho”.

Recurso de hecho, negado

Patricio Valdivieso, abogado defensor del exeditor, manifiesta que, con fecha 22 de abril de 2022, fue negado por la Sala Especializada de la CNJ, “ratificando en todas sus partes la sentencia en favor del licenciado José Padilla, por lo que se logró determinar que se manden a pagar los rubros que corresponden al despido intempestivo, por haber sido botado del trabajo sin ningún afianzamiento legal, de manera arbitraria”.

Agrega que esto último permitió que se mandara a pagar los valores del despido intempestivo, del desahucio, las vacaciones no gozadas, rubros por horas suplementarias. “Aquí hay que hacer entender que hay empresas que han abusado de sus trabajadores y que, supuestamente, haciéndoles firmar un papelito, los hacen trabajar más de 10, 12, 14 horas y no quieren reconocer ese trabajo”.

Por tanto, esta sentencia, a decir del abogado lojano, y la ratificación de la Corte Nacional abre la “gran posibilidad para que todos los trabajadores que sufran abusos de parte de sus patronos y que vean vulnerados sus derechos, incluso con horas extraordinarias y horas suplementarias, puedan acudir a los juzgados de Trabajo para que reclamen sus derechos”.

¿Y el resto de exobreros de La Hora?      

Sobre qué pasará con el resto de extrabajadores de La Hora que también demandaron, el jurisconsulto lojano manifiesta que habrá que ver cómo están manejando los abogados correspondientes los juicios y que, respecto a los que él patrocina, los casos están con sentencia en firme y son ahora parte de otro proceso para, a través de terceristas, reclamar los emolumentos que les corresponden.

Patricio Valdivieso explica que quienes tienen una sentencia en firme han presentado las tercerías coadyuvantes, “en el juicio principal donde se está rematando el bien de La Hora, ubicado en la calle Imbabura y 18 de Noviembre”.

LA VOZ

Con esta sentencia, los ‘empresaurios’ -porque hay empresarios dignos que respetan a sus trabajadores- con esto entenderán que no pueden abusar porque con el remate de sus bienes se cancelarán este tipo de liquidaciones”,

Patricio Valdivieso Espinosa, abogados de una parte de los exobreros.