Existe una reforma aprobada que aún no entra en vigencia. Excomisaria dice que el tema ha traído quejas de usuarios.

En la ciudad de Loja, el estacionar un vehículo frente a una puerta de garaje que tenga un letrero de ‘no estacionar’ o ‘prohibido estacionar’ y que a la vez esté dentro del área del Sistema Municipal de Estacionamiento Rotativo Tarifado (Simert) es motivo de polémica y a la vez de confusión para usuarios.
Muchos conductores, pese a existir el espacio señalizado del Simert en un acceso a garaje, no se arriesgan a parquear ahí sus vehículos por temor a ser sancionados. Sin embargo, existen otros que sí lo hacen por considerar que están en un espacio autorizado por el Municipio y que se justifica con marcar en la tarjeta del Simert el tiempo que permanecerá ahí el carro.
Según el artículo 391, numeral 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), estacionar un automotor en un espacio donde se obstaculice rampas de acceso para personas con discapacidad, puertas de garaje o zonas de circulación peatonal, es una contravención de tránsito de sexta clase que se sanciona con una multa equivalente al 10% del salario básico unificado, es decir 42 dólares con 50 centavos.
Pero también existen otras normativas, como la misma Constitución de la República, que en su artículo 264, numeral 6, señala que los gobiernos autónomos descentralizados, como los municipios, tienen como competencia exclusiva planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre público y privado en sus respectivas jurisdicciones. El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) también otorga competencias exclusivas a los municipios, como la señalada en el artículo 55, literal b, que es el ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón. En el literal f, también le confiere la competencia de planificar, regular y controlar el tránsito y transporte terrestre dentro de la jurisdicción cantonal.
Confusión
La excomisaria de Tránsito del Municipio de Loja, Francisca Tapia Sarango, dice que en la ciudad existe una contradicción sobre estacionar o no en un espacio dentro del área del Simert que esté frente a un garaje pese a que tenga un letrero de ‘no estacionar’ o ‘prohibido estacionar’. Señala que cuando fue comisaria hubo bastantes quejas sobre el tema. No obstante, asegura que la Unidad Municipal de Tránsito debe aclarar. “O bien quitan el letrero de ‘no estacionar’ o quitan la línea del Simert”, manifiesta.
De su parte Tulio Namicela Saavedra, abogado en libre ejercicio y exagente del Servicio de Investigación de Accidentes de Tránsito (SIAT) de la Policía Nacional, señala que el propietario de un inmueble cuyo garaje esté en zona Simert, debe tramitar un permiso ante el Municipio para evitar que ahí se estacionen otros vehículos. Precisa que una vez con esa autorización, el espacio de entrada y salida al garaje se debe señalizar, lo que representa que ningún vehículo puede parquearse ahí.
A su criterio, en una zona del Simert, el Municipio tiene la razón, no así en sitios donde no se aplique ese sistema municipal.
Reforma
El Cabildo de Loja, en septiembre de este año 2022, aprobó una reforma a la ordenanza del Simert que hasta el lunes 10 de octubre, no entraba en vigencia por no estar aún publicada en el Registro Oficial. El proponente de esa reforma fue Nixon Arlig Granda, hoy exconcejal del cantón que renunció a ese cargo para postularse como candidato a alcalde para las elecciones seccionales del 5 de febrero de 2022.
Entre los contenidos de la reforma están el que refiere que los propietarios de viviendas con garajes en la zona del Simert, tendrán el espacio libre para salir e ingresar sus vehículos a cualquier hora del día y sin pagar ningún impuesto. Como parte de ello, según Granda, se deberá eliminar del espacio del Simert. No obstante, puntualiza que el propietario del inmueble deberá tramitar una señalética en el Municipio. Como parte de este punto, el exconcejal aclara que el dueño de la casa tampoco podrá estacionar su automotor ahí.
PARA SABER
HORA32 intentó obtener la versión de los funcionarios que están a cargo del Simert, pero no fue posible.
CLAVE
La multa que establece el COIP por estacionar frente a un garaje es el 10% de un salario básico, es decir 42 dólares con 50 centavos.
Sin ser especialista en derecho, considero q si bien es cierto la constitución otorga competencias, cualquier regulación municipal no puede violar normas expresas Comoi el coip. Por lo expuesto es ilegal permitir estacionar frente a garajes, es obligación me del municipio corregir este asunto y en forma urgente