Ciudadanía sin garantías en procesos sancionatorios

El poder punitivo del Estado no solo se manifiesta con la imposición de penas privativas de libertad contenidas en una ley penal. Lo jueces no son los únicos que ejercen ese poder de sanción contra los ciudadanos.

Existe un poder punitivo lato, ejercido por las administraciones públicas ante el cometimiento de una contravención administrativa. Esto implica decir que el derecho administrativo sancionador también es una vía para sancionar, y de cierto modo menos lesiva.

Esta vía de sanción, bajo la figura del procedimiento administrativo sancionador, es un mecanismo utilizado por las instituciones públicas para imponer sanciones generalmente de carácter económico. Por esa razón, si un ciudadano comete una falta administrativa, la Municipalidad, la Intendencia General de Policía u otros órganos públicos pueden iniciar procesos administrativos cuya finalidad es imponer multas, clausuras u otras sanciones. Ejemplos hay muchos, y generalmente se dan cuando se incumplen ordenanzas municipales, acuerdos ministeriales o resoluciones administrativas. 

No obstante, la forma en la tramitación de esos procesos hace advertir que existe el irrespeto de los principios constitucionales que son de carácter imperativo para esta clase de procesos. No se respeta la presunción de inocencia, se olvidan de que a la administración pública le corresponde probar la materialidad y la responsabilidad administrativa del ciudadano. Asumen que a este último le corresponde probar su inocencia, cuando eso es incorrecto. Presentan informes que no acreditan ninguna falta, pero se decantan por simplemente sancionar sin tener pruebas objetivas. Se inclina la balanza porque se constituyen como juez y parte, y eso no debe suceder.

Así que, el irrespeto al proceso reglado y la arbitrariedad de los funcionarios públicos que tramitan estos procesos sancionatorios es preocupante y criticar esas actuaciones resulta necesario para frenar esa jerarquización en la relación jurídica entre institución pública y ciudadano.

Carlos Orellana Jimbo

ab.carlosorellana@hotmail.com

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *