
El miércoles 8 de junio la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) aprobó una resolución que regula la circulación de motocicletas en el país a una sola persona, salvo excepciones: que sea cónyuge, hermanos o hijos, personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres, menores de 12 años.
Infringir esta disposición genera una contravención a la capacidad permitida. Por ello, la resolución contiene una disposición en la que se exhorta a la Asamblea Nacional para que recategorice las contravenciones de tránsito.
Socialización y sanciones
El jefe Operativo de la Unidad de Control Operativo de Tránsito (UCOT), Víctor Pauta Romero, cuenta que primero realizarán una fase de socialización para informar los cambios que promovió la ANT y seguidamente emitirán las sanciones, en caso de incumplimiento.
Lo harán mediante comunicados a través de la página del Municipio; además que lo van a concatenar con otras campañas que vienen realizando para recordar la importancia del respeto a las leyes de tránsito.
La sanción que van a aplicar es en base al artículo 390 literal 20, que sería un valor a pagar del 15% de un Salario Básico Unificado (SBU), 63.75 dólares. No hay reducción de puntos, ni retención del vehículo.
CLAVE
La multa que se aplicará será del 15% del Salario Básico Unificado.