Apetito enfermizo

Las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que se tramitan en la Asamblea Nacional han agitado el avispero y con ello una legítima preocupación en la población ante la propuesta de incluir causales adicionales para activar el recurso de revisión sobre sentencias condenatorias ejecutoriadas.

En esa línea, es evidente que este cambio sugerido en la legislación tendría, eventualmente, como beneficiario al ex presidente Rafael Correa, quien fue condenado, por parte de la justicia ecuatoriana, por corrupción dentro del ‘caso sobornos 2012 – 2016’ y además inhabilitado para ejercer cargos públicos.

De ahí el interés de la bancada correísta de aupar esa iniciativa que pretende convertir a las decisiones, pronunciamientos o recomendaciones formuladas por comités de derechos humanos de las Naciones Unidas, en ‘fundamentos legales válidos para la revisión judicial de las sentencias en Ecuador’, abriendo peligrosamente con ello una especie de cuarta instancia, a decir de algunos juristas, relativizando con ello las sentencias que adopte el sistema judicial ecuatoriano.

Es claro que, para acudir al recurso de revisión, deben existir, en lo sustantivo, hechos nuevos que lo sustenten y que puedan incidir en la determinación final de una responsabilidad y con ello cambiar una sentencia en estricto apego a la realidad procesal. No obstante, los comités de derechos humanos lo que hacen es una valoración de lo actuado desde el enfoque de los derechos humanos.

Sin duda, la reforma al COIP, en esa parte, tiene un claro direccionamiento y no se puede legislar con ese alcance. Se advierte que hay un grupo político que quieren devorar, arrancar a dentelladas, la poca institucional que le queda al país. Ese apetito enfermizo debe ser controlado con la razón y la justicia.

Giovanni Carrión Cevallos

@giovannicarrion

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