La audiencia de juzgamiento, a través de un procedimiento abreviado, fue a las 09:00, del último miércoles.

No huyeron y el miércoles 22 de enero de 2025, a las 09:00, Edwin A. A. y Henry O. P., de 38 y 27 años, en su orden, acudieron, voluntariamente, a ser juzgados, a través de un procedimiento abreviado, por el delito de robo con violencia.
En agosto de 2024 se involucraron en ese delito y en octubre de ese año se dispuso la medida cautelar de presentaciones periódicas de ellos a una de las fiscalías especializadas en Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional (Fedoti).
Todos los lunes se presentaron a esa Fedoti y no dejaron de hacerlo, como otros procesados que incumplen esa medida cautelar u otros cuando está por realizarse la audiencia de juzgamiento ellos huyen y su localización se vuelve difícil.
Pruebas contundentes
La prueba documental, testimonial y pericial que esa Fedoti expuso a una de las juezas de la Unidad Judicial Penal, de la Corte Provincial de Justicia de Loja, es contundente y los procesados admitieron, voluntariamente, ese hecho delictivo.
A través de su abogado defensor Edwin A. A. y Henry O. P. solicitaron ser juzgados a través del procedimiento abreviado, mecanismo de solución de un conflicto penal anticipado, en el cual se juzga la responsabilidad del procesado.
La jueza admitió ese procedimiento y declaró culpables a los dos procesados a quienes se les impuso una multa de 10 remuneraciones básicas del trabajador en general; y ellos dieron su palabra de no volver a cometer otro delito.
- CLAVE
Ellos estaban con medidas de presentación a una de las fiscalías especializadas.