Admiten recurso que beneficia a exobrero del Municipio de Loja

En octubre de 2013 solicitó el pago de bonificación por Jubilación Patronal y se lo negaron.

Pablo Celi Benavides, Andrés Vallejo Aguirre, Cristhian Ochoa Jaramillo e Ignacio Chamba Briceño defendieron a Aurelio G. E.
Pablo Celi Benavides, Andrés Vallejo Aguirre, Cristhian Ochoa Jaramillo e Ignacio Chamba Briceño defendieron a Aurelio G. E.

La acción de protección que los abogados de Aurelio G. E. plantearon a un juez de la Unidad Judicial Especializada de Violencia contra la Mujer o Miembros del Núcleo Familiar e Infracciones Contra la Integridad Sexual y Reproductiva, de la Corte de Justicia de Loja, fue rechazada, pero los juristas apelaron esa resolución, de primera instancia.

El martes 4 de enero de 2022 se emitió la sentencia y el juez rechazó la acción de protección. Andrés Vallejo Aguirre, Ignacio Chamba Briceño y Cristian Ochoa Jaramillo, abogados de Aurelio G. E., del estudio jurídico ‘Magno Abogados’, apelaron ese veredicto a la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito, de la Corte de Justicia de Loja.

Incumplimiento de obligación

Aurelio G. E., una persona de la tercera edad, durante 27 años trabajó en el Municipio de Loja, como chofer profesional. En octubre de 2013 solicitó el pago de bonificación por Jubilación Patronal, establecido en el Art. 36, literal a), del Décimo Cuarto Contrato Colectivo de Trabajo firmado entre la entidad municipal y el Comité Central Único de Trabajadores, de la misma.

El Municipio de Loja incumplió esa obligación y a Aurelio G. E. no le cancelaron la bonificación de jubilación patronal a la que él tenía derecho por formar parte del Comité Central Único de Trabajadores, que suscribió el Décimo Cuarto Contrato Colectivo, que se encontraba en plena vigencia cuando el chófer profesional cesó sus funciones, en esa entidad.

Admiten vulneración de derechos

El martes 5 de julio de 2022 la Sala de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito, admitió el recurso de apelación y por ende dejó sin efecto la negativa del juez anterior y aceptó la acción de protección con lo cual declaró vulnerados los derechos de Aurelio G. E. y dispuso que el Municipio de Loja pague la bonificación que reza en ese Contrato Colectivo.

A la defensa de Aurelio G. E., a través de Andrés Vallejo Aguirre, Ignacio Chamba Briceño y Cristian Ochoa Jaramillo, que inició en 2021, se sumó Pablo Celi Benavides quien actuó como ‘amiquos curai’. Años atrás el exobrero perdió el juicio laboral que planteó al Municipio de Loja, al que reclamó el pago de la bonificación prevista en el Cuarto Contrato Colectivo.

PARA SABER

El martes 4 de julio de 2022 los jueces de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar Penal Policial y Tránsito remitieron la sentencia en la que admitieron la acción de protección.