La leguleyada se constituye en una maniobra o recurso fraudulento con alguna apariencia de legalidad, para tratar de utilizarlo de manera torpe y con estricta mala fe en un proceso judicial contra una o varias personas. Ergo, dista mucho el jurista del leguleyo; el primero invoca el derecho como principio humano y basado en el “saber útil” para encontrar la verdad y la justicia; el segundo busca lo material, lo etéreo, aquello que encubre un hecho incómodo, para los intereses banales de alguien. Decía Samper: […] “La corrupción rompe tu honradez, tu buena reputación con otros. Cuando corrompes algo que es puro u honesto, le quitas esas cualidades.” […] Las leguleyadas, sin duda alguna, son otra forma de corrupción -más dolosas aún- porque quebrantan la ley con pleno conocimiento del hecho punitivo que realizan.
Por tanto, hay que optar entre ser un jurista cabal, formado en una profundidad que va más allá́ de la técnica de las leyes, y ser un simple leguleyo, superficial en sus juicios y mero aplicador de lo que han pensado otros. Para ser un verdadero jurista, la deontología es sumamente necesaria, pues, gracias a ella, el jurista comprende mejor los asuntos, fundamenta sus convicciones, integra los conocimientos jurídicos de manera elevada y en estricto cumplimiento de la ley; además, adquiere rigor lógico que persigue la justicia, se convierte en un ciudadano activo y puede llegar a ser un gobernante prudente. Decía Simón Bolívar: […] “Las buenas costumbres, y no la fuerza, son las columnas de las leyes; y el ejercicio de la justicia es el ejercicio de la libertad”. […] Ojalá algún día todos podamos aplicar la ley para conseguir la justicia.
Los leguleyos del presidente, hicieron una barrabasada vergonzosa, esto es: promover la reforma de un reglamento para aplicarlo en forma retroactiva a la actual Vicepresidenta y violar dos principios fundamentales; el primero: Supremacía Constitucional, la Vicepresidenta al igual que el Presidente solo pueden ser destituidos por las causales previstas en la Constitución, y dos: Principio de Seguridad Jurídica y no retroactividad de la Ley, la supuesta falta administrativa se cometió antes de reformarse el reglamento; para que esto no se vuelva a repetir les deseamos: …buen viento… y buena mar.
Lenin Paladines Salvador
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