Inscripción, calificación de candidatos y posesión del cargo.

Es importante tener presente que en el desarrollo del proceso electoral existen distintos períodos, los que se encuentran identificados en un determinado tiempo y son reglados por la normativa que rige el proceso electoral y el Derecho Público.

La inscripción de candidaturas es la etapa inicial que se ha fijado en el cronograma electoral en la cual los diferentes representantes legales de las organizaciones políticas o procuradores comunes y los candidatos entregan sus documentos para análisis de las Juntas Provinciales Electorales, quienes con esto inician una revisión de requisitos y a la vez ponen en consideración de las demás organizaciones políticas para que procedan a objetar (impugnar) a algún candidato.

Las Juntas Provinciales con los respectivos informes proceden a calificar las candidaturas, que es el acto administrativo por el cual se reconoce la condición de candidato y por ende se otorga a través de la ley cierta inmunidad y a la vez esta candidatura se vuelve irrenunciable. Una vez calificado el candidato se debe tener presente todas las prohibiciones que desde ese instante rigen para evitar incurrir en infracciones electorales.

Finalmente, en caso de que un candidato gane la elección, terminada la proclamación de resultados y entregada las credenciales, procede la posesión de las autoridades en cada una de las instituciones del Estado. Sin embargo, en este momento deben observarse las normas que rigen para el ejercicio de un cargo público (Ley Orgánica de Servicio Público), para lo cual no se deberá tener impedimento para ejercer cargo público, caso contrario no podrá posesionarse.

Daniel Alexander González Pérez

dagonzalezperez@gmail.com

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