De conformidad con el Art. 429 de la Constitución de la República, la Corte Constitucional ‘es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia’. Y para poder cumplir con tal alta responsabilidad, como se entenderá, debe reflejar en forma nítida su condición de órgano autónomo e independiente, esto es, no tener ataduras o compromisos que condicionen en uno u otro sentido sus decisiones, sino exclusivamente, cumplir, a pie juntillas, con su misión institucional, esto es, ‘garantizar la vigencia y supremacía de la Constitución, el pleno ejercicio de los derechos constitucionales y garantías jurisdiccionales, mediante la interpretación, el control y la administración de justicia constitucional’.
En esa línea de acción, la Corte Constitucional, se convierte en ese gran bastión en el que descansa, en últimas, el derecho, la justicia social y la propia democracia, asegurando con ello los necesarios pesos y contrapesos que limitan al poder y lo encaminan por los andariveles de la legalidad y el respeto a los derechos fundamentales, lo cual es propio de una sociedad civilizada.
De ahí que preocupa y llama profundamente la atención el escuchar voces que pretenden, en estos días, crear un ambiente negativo en contra de la Corte Constitucional, cuestionando –sin argumentos- su accionar a fin de posicionar en el imaginario colectivo la necesidad de cambios en un organismo que a decir de cierto ‘administrador de la verdad’, no rinden cuentas a nadie.
Lo peor que podría sucederle al Ecuador es terminar con la independencia que debe tener (como en efecto lo tiene) la Corte Constitucional, pues, de lo contrario, se corre el albur de concentrar poder en una sola función y con ello romper a dentelladas una ya maltrecha institucionalidad que de apoco nos encamina al despeñadero.
Giovanni Carrión Cevallos
@giovannicarrion