Comisión de Beneficios Penitenciarios no atiende pedidos de regímenes semiabierto y abierto que piden los internos

Hoy se cumplen un mes y 22 días del pedido que hicieron los abogados de los privados de la libertad.

Juan Granda Matailo es un abogado en libre ejercicio y especialista en temas penitenciarios.
Juan Granda Matailo es un abogado en libre ejercicio y especialista en temas penitenciarios.

Los familiares de las personas privadas de la libertad que han cumplido con el 60% y 80% de la condena que les fue impuesta y gestionan que ellos se acojan a los beneficios penitenciarios están indignados porque ha transcurrido un mes y 22 días y hasta ayer no sabían si sus parientes se iban a acoger a ese derecho constitucional que a ellos les asiste.

El informe que la Comisión de Beneficios Penitenciarios del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) debe remitir a los centros carcelarios, uno de ellos el de Loja, no llega y eso deja ver que ese organismo todavía no resuelve esos pedidos y se dilata la aplicación de ese derecho.

Cumplir con siete pasos

Juan Granda Matailo, abogado en libre ejercicio y especialista en temas penitenciarios, indica que los integrantes de la Comisión de Beneficios Penitenciarios son quienes revisan las carpetas para cerciorarse que se cumplan con los siete enunciados que deben tener quienes solicitan beneficiarse de los regímenes penitenciarios abierto y semiabierto.

Para el semiabierto el principal de ellos es haber cumplido con el 60% de la pena mediante sentencia ejecutoriada; que el solicitante pertenezca al nivel de mínima seguridad; que no tenga pendiente otro proceso judicial; que cuente con el informe psicológico que confirme que él está apto para la reinserción; justificación del domicilio; no haber sido sancionado; y otros.

Se reduciría hacinamiento

Granda Matailo asegura que, con el otorgamiento de esos beneficios penitenciarios, debidamente analizados, servirá para reducir considerablemente el hacinamiento que existe en las cárceles de todo el Ecuador. Cree que en las cárceles provinciales se debe establecer la Comisión de Beneficios Penitenciarios para que se agilicen los pedidos.

Pero, Granda Matailo, además, cree que un juez provincial de Garantías Penitenciarias es quien debería analizar las solicitudes que hacen las personas privadas de la libertad. «Sino se elimina esa Comisión se debería reformar el reglamento del Sistema de Rehabilitación para que los jueces asuman la competencia de revisar esos documentos», precisa el jurista.

PARA SABER

Las personas que han cumplido con el 60% y 80% de la condena pueden acogerse a los regímenes semiabierto y abierto, en su orden.