
En mayo de 2023, las exasambleístas Lucía Placencia y Nívea Vélez presentaron un recurso subjetivo contencioso electoral en respuesta a la resolución emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) el 23 de mayo de ese mismo año. Dicha resolución declaraba que, en las elecciones anticipadas realizadas el 20 de agosto de 2023, no se aplicaría la normativa de paridad de género.
El recurso fue presentado ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), en el cual se argumentaba la importancia de respetar los lineamientos establecidos en el Código de la Democracia. Luego de un análisis detenido por parte del juez del TCE, se llegó a la conclusión de que la Función Electoral tiene la responsabilidad de asegurar el cumplimiento de los estándares internacionales, la Constitución y el Código de la Democracia.
En este sentido, el juez del TCE instó a la aplicación de la disposición transitoria tercera del Código de la Democracia, que se refiere al principio de paridad de género. Esta disposición se consideró fundamental para garantizar una representación equitativa de hombres y mujeres en el ámbito político. Dicha resolución se hizo pública recientemente en las redes sociales de la Institución.
Las exasambleístas se mostraron satisfechas por el voto favorable que recibió su petición. Según expresó, Lucía Placencia, «esto respalda la lucha histórica de las mujeres por el respeto a las normas de la democracia paritaria».
Resaltó que este logro contribuye a fomentar relaciones igualitarias y eliminar estereotipos y prejuicios de género. Según sus palabras, este avance es el resultado de la colaboración de mujeres unidas en torno a diversas causas, y sugirieron que esta lucha tuvo sus raíces en el sur del país.
CLAVE
En un principio se preveía dar flexibilidad a las organizaciones políticas para ubicar candidatos sin respetar esta disposición que consta en la Ley.