
Uno de los principios esenciales del sistema democrático es la separación y equilibrio de los poderes del Estado; es decir, la existencia de “frenos y contrapesos” para que ninguno de los poderes (o funciones) esté sobre los otros.
No solo se requiere una Función Judicial independiente, sino que los jueces (también los fiscales) deben tener una conducta diligente, recta, honrada e imparcial (principio de probidad), conforme lo establece el Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ).
En la misma lógica, el COFJ dispone: “Los jueces solo están sometidos en el ejercicio de la potestad jurisdiccional a la Constitución, a los instrumentos internacionales de derechos humanos y a la ley. Al ejercerla, son independientes incluso frente a los demás órganos de la Función Judicial”.
Resulta lamentable constatar que hay jueces que, en forma reiterada, expiden resoluciones que violan el ordenamiento jurídico y favorecen a las organizaciones criminales y los intereses políticos coyunturales. No generalizo, pues, existen jueces probos (conozco a muchos) que dignifican a la Función Judicial. Es urgente realizar una “limpieza” del sistema judicial para extirpar el cáncer que significan ciertos servidores judiciales. Otra tarea prioritaria es limitar las competencias del Consejo de la Judicatura (vía enmienda constitucional), a fin de que no utilicen el chantaje como “modus operandi” para influir en las decisiones jurisdiccionales.
Gustavo Ortiz Hidalgo
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