El Municipio de Loja puede dar de baja las fotomultas

Es el criterio de unos profesionales del derecho. La opción es mediante una resolución. 

El convenio entre la empresa Safety el Municipio de Loja ya finalizó en mayo de 2020.
El convenio entre la empresa Safety el Municipio de Loja ya finalizó en mayo de 2020.

En la página web del Municipio de Loja (www.loja.gob.ec), desde el 15 de septiembre se evidenciarán las 53 mil fotomultas que fueron emitidas en años anteriores, acción que la cumplirá el Municipio de Loja acatando disposiciones de la Contraloría.

El criterio del profesional en derecho, Max Ochoa Jiménez, quien fue el patrocinador de la revocatoria del ex alcalde José Bolívar Castillo, el Ayuntamiento tiene en sus manos “la voluntad de dar de baja con una resolución de pleno derecho la publicación de las fotomultas”, menciona y dice que se debe hacer un informe jurídico ya que adolecen de principios de seguridad y del debido proceso.

Las infracciones son de los años 2016, 2017, 2018 hasta marzo de 2019. “Esto es improcedente porque el contrato fue suscrito de manera unilateral por el ex alcalde y la compañía Safety. Fue una resolución unilateral que se convirtió en la causal de la revocatoria”, agrega.

No existía una ordenanza bien sustituida y determinada por el Cabildo, dice Ochoa y agrega que las fotomultas eran nulas y no podía el Municipio aplicar ese contrato ya que adolecían de nulidad.

El profesional del derecho Jack Orellana Valarezo, coincide con Ochoa y alega que esto genera un gasto adicional a los infractores, ahora que se viven momentos apremiantes por la pandemia del Covid-19.

Adicional, menciona que generará nuevamente un caos en el sistema judicial, como sucedió años atrás, donde se dilataban otros procesos porque los jueces tenían que atender estos casos y que se tuvieron que dar de baja.

Antecedentes

En 2017, los exconcejales Darwin Avendaño y Franco Quezada demandaron la resolución 0028, que fue emitida por el exalcalde; acaeciendo una sentencia que declaraba nula dicha resolución y obligaba al Municipio a que realice una ordenanza.

Posterior hubo otra ordenanza 0049 que incluía dos textos, mismos que no fueron unificados. En 2018 se hizo la demanda a la ordenanza por parte de Segundo Armijos ante el Contencioso Administrativo y nuevamente se declaró la nulidad, por lo que no podían continuar cobrando las fotomultas.

En 2019 unos estudiantes presentaron una acción de protección contra la ordenanza emitida cuando estuvo al frente del Municipio, Piedad Pineda y se declaró la inconstitucionalidad.

“En el transcurso de este tiempo se ha venido nulitando la aplicación de las fotomultas con sentencias de orden jurisdiccional”, insiste Ochoa y alega que el Municipio no puede aplicar o sacar las 53 mil multas porque están prescritas.

Adicional dice que hay una sentencia de la Corte Constitucional en la que indica que los municipios y este tipo de empresas podrán notificar hasta el tercer día a través de cualquier medio telemático por dicha contravención.

Considera que hay falta de gestión de los concejales por falta de conocimiento técnico en materia jurídica y de los mismos asesores del burgomaestre.

PARA SABER

Por apelar cada infracción los abogados cobran un mínimo de 30 dólares.